Mendoza adherirá a las medidas acordadas con el Gobierno nacional para los próximos nueve días.
En relación con lo convenido en la última reunión entre el Presidente Alberto Fernández, parte de su gabinete y los gobernadores, el Gobierno de Mendoza entiende que la nueva restricción a la circulación de personas dispuesta por la Nación es útil para contrarrestar el difícil momento epidemiológico que vive el país.


Sobre la base de los anuncios hechos por el Presidente ayer, ya que los correspondientes contenidos normativos aún se esperan con la aparición del próximo decreto de necesidad y urgencia, se considera razonable impulsar mayores restricciones para los próximos nueve días. Se ha decidido no prorrogar este plazo, para que las ciudadanas y los ciudadanos puedan tener plena certeza de que es una medida estrictamente acotada en el tiempo y, también, que el sacrificio que implican tiene inexorablemente fecha de finalización, con lo cual desde el primer minuto del lunes 31 de mayo Mendoza volverá al esquema de regulaciones que mantiene en la actualidad.


Particularmente, se considera que las medidas deben ser complementadas con las siguientes:
• En la provincia, los miércoles, jueves y viernes de la próxima semana, las clases no se suspenden, sino que se dictarán de forma virtual, y se reanudará la presencialidad en los casos correspondientes el lunes 31 de mayo.
• Los servicios de envío a domicilio de comidas (delivery) podrán funcionar hasta las 23 y, por lo tanto, los comercios relacionados. En tanto que el servicio de pase y lleve (take away) en los restaurantes podrán funcionar hasta las 18. También, en ese horario y con esa modalidad, podrán funcionar los comercios de cercanía no esenciales.
De esta manera, entre el sábado 22 de mayo, a las 0, y el domingo 30 de mayo inclusive, las actividades se verán restringidas solo a las esenciales establecidas por el Ejecutivo nacional.
• El transporte público solo funcionara para las actividades permitidas.
• Los clubes deberán permanecer cerrados y solo se podrán practicar deportes individuales, como caminar, correr o andar en bicicleta, en las inmediaciones del hogar de cada uno y nunca en grupos.
• El sistema de restricción por terminación de DNI para comprar en comercios esenciales seguirá vigente como en la actualidad, salvo urgencias.
Una vez más, desde el Gobierno provincial señalaron que la responsabilidad ciudadana y el apego al cumplimiento de las nuevas medidas será determinante para que el resultado de este gran esfuerzo colectivo sea efectivo.
Asimismo, dejaron en claro que el proceso de vacunación seguirá adelante con la mayor intensidad posible, resultando suficiente el turno para poder acudir al centro correspondiente.
Paralelamente, hay que destacar que desde Mendoza se ha solicitado al Gobierno nacional el apoyo expreso a los sectores de la economía que tienen mayor impacto, porque seguimos creyendo que es indispensable mantener un equilibrio razonable entre cuidado de la salud y el funcionamiento de la economía, que garantice el empleo, que es determinante en la lucha contra la pobreza. (Prensa del Gobierno de Mendoza)

QUIENES PUEDEN ABRIR SUS NEGOCIOS E IR A TRABAJAR

Supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad, farmacias, ferreterías, veterinarias, locales de provisión de garrafas, lavanderías, servicios postales y de distribución de paquetería.


TAMBIÉN SEGUIRÁN TRABAJANDO POR SER ESENCIALES:
El transporte, tanto el transporte público de pasajeros como el de mercaderías y combustibles; la recolección de residuos;
los empleados de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias; el delivery de alimentos, medicamentos y productos de higiene, limpieza y otros insumos de necesidad; las actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales; los medios de comunicación; la obra pública; los comedores escolares, comunitarios y merenderos; todos los eslabones de las industrias de la alimentación; higiene personal y limpieza; y equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios;
las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca;
los servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia,
los servicios funerarios, entierros y cremaciones;
y las «actividades impostergables» vinculadas con el comercio exterior.


ASIMISMO, SON PERSONAL ESENCIAL:
Todos los trabajadores de la salud;
las fuerzas de Seguridad y Armadas;
el vinculado a la actividad migratoria, el servicio meteorológico, los bomberos y el control de tráfico aéreo;
las autoridades superiores gubernamentales de todos los niveles de gobierno y los trabajadores estatales convocados para garantizar actividades esenciales;
el personal de los servicios de justicia de turno;
el personal diplomático y consular extranjero.


Por último, también pueden circular quienes deban asistir a personas con discapacidad, familiares que necesiten asistencia, mayores, niños y adolescentes y quienes deban atender una situación de fuerza mayor. (El Cronista.com)

Editado por Mariano Molina

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